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lunes, 7 de junio de 2010






El CREPAD hace parte del SNPAD, éste primero se ubica en cada Departamento.
El SNPAD está constituido por el conjunto de entidades públicas y privadas que realizan planes, programas, proyectos y acciones específicas.

Organigrama SNPAD

OBJETIVO:

Definir las responsabilidades y funciones de todos los organismos y entidades públicas, privadas y comunitarias, en las fases de prevención, manejo, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo a que dan lugar las situaciones de desastre o de calamidad.



La Oficina Nacional para la Atención de Desastres elaborará un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, el cual, incluirá y determinará todas las políticas, acciones y programas, tanto de carácter sectorial como del orden nacional, regional y local que se refieran, entre otros, a los siguientes aspectos:
  • Las fases de prevención, atención inmediata, reconstrucción y desarrollo en relación con los diferentes tipos de desastres y calamidades públicas;
  •  Los temas de orden económico, financiero, comunitario, jurídico e institucional;
  • La educación, capacitación y participación comunitaria;
  • Los sistemas y procedimientos de control y evaluación de los procesos de prevención y atención.


Elementos del planeamiento de operaciones en caso de
situaciones de desastre
:



Entrega de donación Shelterbox en Tumaco.


En el planeamiento de las operaciones en caso de situaciones de desastre se tendrán en cuenta, principalmente, los siguientes aspectos:
a) Tipos de desastres.
b) Autoridades responsables
c) Funciones de las entidades, organismos y personas. 
d) Identificación de la amenaza, es decir de la probabilidad de que ocurra un desastre en un momento y en un lugar determinados.
e) Análisis de la vulnerabilidad de la población, los bienes y el medio ambiente amenazados, o sea la determinación de la magnitud en que son susceptibles de ser afectados por las amenazas.
f) Evaluación del riesgo, mediante la relación que se establezca entre amenaza y condiciones de vulnerabilidad,
g) Preparación de planes de contingencia.
h) Formulación de programas de educación y capacitación con participación comunitaria.
i) Inclusión de la dimensión de prevención en los planes de desarrollo.
j) Provisión de suministros.
k) Lugares utilizables durante el desastre y formas de utilización.
l) Los demás que señale la Oficina Nacional para la Atención de Desastres.



Declaratoria de Situación de desastre:

El Presidente de la República declarará mediante decreto y previo concepto del , la existencia de una situación de desastres, y en el mismo acto la clasificará según su magnitud y efectos, como de carácter nacional, departamental, intendencial, comisarial, distrital o municipal.
La declaratoria de una situación de desastre podrá producirse hasta tres (3) meses después de haber ocurrido los hechos . Producida la declaratoria de situación de desastre se aplicarán las normas pertinentes propias del régimen especial para situaciones de desastre; las autoridades administrativas, según el caso, ejercerán las competencias que legalmente les corresponden.

Plan de acción específico para la atención de desastres:

Declarada una situación de desastre de carácter nacional, la Oficina Nacional para la Atención de Desastres procederá a elaborar, un plan de acción específico para el manejo de la situación de desastre declarada, que será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas o privadas que deben contribuir a su ejecución, en los términos señalados.





NIVELES DE ALERTA


ALERTA
VERDE:
Se declarara de carácter preventiva, cuando se tenga la presencia de un fenómeno que por su evolución, comportamiento y características se percibe, dentro de un nivel de probabilidad, con grado de amenaza previa, de la cual pueden considerarse ciertas medidas de protección predeterminadas y específicas que aseguren una condición cautelosa y de vigilancia por la probable y cercana ocurrencia de un evento adverso.

ALERTA
AMARILLA:
Se declara cuando se mantiene el desarrollo de una amenaza, en la cual se encuentre aumentada en un 50% la probabilidad de afectación por el evento, logrando mayor grado de certeza del peligro que pueda existir o si sobre el territorio Nacional ya existiese daños menores a la infraestructura por causa del evento mayor esperado.

ALERTA
NARANJA:
Se activará ante el hecho que se intensifique el riesgo, logrando alcanzar un nivel crítico mayor del 75% teniendo la posibilidad de producir serios daños hasta lograr que se necesite la participación de los grupos de búsqueda y rescate y la asistencia médica y alimentaria a albergados tal como los estipula el plan.

ALERTA
ROJA:
Se activará cuando la magnitud generalizada del evento ha logrado impactar de manera severa hasta producir una situación de desastre, debiéndose aplicar la atención de acuerdo al Plan de Emergencia, disponiendo en un momento dado de todos los recursos que el Estado necesite para dar seguridad y salvaguardar a la población que se encuentre afectada o en situación de riesgo.

Declaratoria de retorno a la normalidad:

El Presidente de la República, oído el concepto del Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, decretará que ha cesado la situación de desastre y que ha retornado la normalidad.
Durante las fases de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo podrán variarse, mediante decreto del Gobierno Nacional, las normas especiales que sean   aplicables.                                        



Agradecimientos.
www.sigpad.gov.co/

Ingeniero Selvio Antonio Acuña Polanco
Coordinador Comite Regional para la Prevencion y Atencion de Desastres

Licenciado Angel Norberto Jimenez Larrotta
Docente de Catedra Universidad y Entorno - UPTC
                                               


sábado, 5 de junio de 2010

Comite Regional para la Prevención y Atención de Desastres



MISIÓN:

Orientar la gestión y coordinar las entidades del Comité Regional para Prevención y Atención de Desastres, que permitan la prevención y mitigación de los riesgos y la organización de los prepativos para la atención de emergencias, la rehabilitación y reconstrucción en caso del desastre.

VISIÓN:
El CREPAD, será la principal herramienta estatal de gestión y coordinación dentro del SNPAD, logrando mayor seguridad y bienestar, mediante la reducción de los desastres generados por la ocurrencia de eventos naturales y acciones antrópicas, incorporando el concepto de prevencion y mitigación de riesgos en los planes de desarrollo.

OBJETIVO:
Prevenir los desastres y mitigar los riesgos, brindando respuesta efectiva en caso de desastres.

ESTRATEGIAS:
1. Conocimientos sobre riesgos de origen natural y antrópico.
2. Incorporación de la prevención y reducción de riesgos en la planeación.
3. Fortalecimiento del desarrollo industrail del sistema para la prevención y atención de desastres.
4. Socialización de la prevención y mitigación de riesgos.


II Olimpiada de busqueda y rescate, Armenia 25 al 27 de Septiembre de 2009 
NIVELES DE RESPONSABILIDAD:

CREPAD:
  • Adelanta estudios sobre amenazas, análisis de condiciones de vulnerabilidad y evalúa riesgos potenciales en el departamento.
  • Implementa Sistema de vigilancia, monitoreo y alerta de amenzas potenciales en el departamento, con el apoyo de entidades técnicas correspondientes.
  • Formula e implementa el Plan Regional de Prevención de Desastres y los Planes de Emergencias y Contingencias.
Promueve la integración e inclusión de la reducción de los riesgos de desastres en el ámbito regional en las políticas, la planificación del ordenamiento territorial, ambiente, saneamiento básico, salud, educación y desarrollo sostenible entre las entidades del sector público y privado.


Avalancha en quebrada San Pedro en Puerto Libertador Córdoba